Para obtener el registro como candidato independiente a presidente de la República se requiere recabar cuatro firmas de apoyo por minuto, con su respectiva copia de la credencial de elector, en un lapso de 120 días (cuatro meses). En esas condiciones, trabajas y mantienes a la familia o te dedicas en exclusiva a conseguir firmas con ese propósito.
Una situación parecida es la que se exige para los casos de candidatos independientes a senadores y diputados.
En lugar de candidaturas independientes deberían llamarse “candidaturas imposibles”, por la multiplicidad de requisitos que se deben cumplir. Son las reglas que han elaborado diputados y senadores, representantes de los partidos políticos en el poder legislativo.
¿Se acuerdan de la serie “Misión Imposible” de la cadena de televisión CBS y luego de las películas del mismo nombre, donde el protagonista tiene todo en contra pero al final triunfa? En el procedimiento electivo, las posibilidades de que el aspirante alcance el registro como candidato independiente son mínimas, sobre todo si no dispone de recursos extras.
Y de lograr la candidatura, por supuesto que en los hechos está en desventaja ante quienes compiten con las siglas de un partido.
Era de esperarse. La figura del candidato independiente en ninguna parte del mundo tiene el apoyo que desearía la sociedad. No es exitosa y no puede serlo cuando son los partidos los que determinan las reglas. De cualquier manera, la opción está ya en nuestras leyes.
Para lograr el registro y competir como candidato independiente, para presidente de la República, senador o diputado, hay que cumplir con lo que señalan 82 artículos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
De entrada, el aspirante necesita contratar un abogado especialista en temas electorales y un administrador de recursos, para asegurarse de atender lo que dice la norma, para crear una sociedad civil, abrir una cuenta bancaria, inscribirse en el Sistema de Administración Tributaria, rendir cuentas a la unidad de fiscalización y recabar firmas de apoyo.
El reto mayor son las firmas de apoyo para poder solicitar el registro de la candidatura independiente, porque no sólo es el número o porcentaje fijado, sino también el tiempo para lograrlo.
Por ejemplo, para candidato independiente a presidente de la República, la ley indica que se debe contar con el apoyo del 1 % del listado nominal vigente al 31 de agosto del año previo al de la elección. Con las cifras que hay en el Registro Federal de Electores en este momento, estaríamos hablando de 788 mil 410 firmas, con su copia de la credencial de elector.
Si usted vive en el Distrito Federal, no crea ni suponga que le bastaría con dedicarse a recabar firmas únicamente en el DF. La ley exige que por lo menos en 17 entidades, en cada una de ellas, se cuente con el 1 % del listado nominal correspondiente. Tendría que recorrer el país para la colecta de firmas. Si fuera Veracruz una de ellas, habría que contar con 52 mil 899.
Para recabar la cifra total de 788 mil 410 dispone de un plazo de 120 días (cuatro meses). Es decir, en promedio, por día, deberá conseguir seis mil 570 firmas. Equivale a 273 firmas por hora. Cuatro firmas por minuto.
Es evidente que sólo nunca conseguiría ese número de firmas.
Además, en la recopilación de firmas tiene que considerar la conveniencia de recabar más de las solicitadas, por aquellos nombres que no aparecieran en el listado nominal y que de inmediato serían descontados.
Los aspirantes a candidatos a senadores tienen que sumar el 2 % del listado nominal de la entidad en la que se vaya a participar. Si fuera el Distrito Federal: 139 mil 378 firmas que tendrían que recabar en 90 días (tres meses). Es decir, mil 548 por día, 64 por hora, una por minuto.
Dentro de ese total, también están obligados a contar con el 1 % del listado nominal de la mitad de los distritos de la entidad. El DF tiene 27 distritos. En 13 ó 14 de ellos, el 1 %. En el distrito electoral XV que se encuentra en la delegación Benito Juárez, por ejemplo, serían tres mil 297 firmas.
Para poder registrarse como candidato independiente a diputado es el 2% del listado nominal del distrito que le corresponda. Si fuera el XV de la Benito Juárez, deberá juntar seis mil 595 firmas en 60 días (dos meses). Es decir, 109 por día. 4 por hora, “media” por minuto. Para que se vea que usted es conocido y aceptado, la ley le pide el 1 % del listado nominal de la mitad de las secciones que componen el distrito.
El distrito citado tiene 254 secciones electorales. Tendría que identificarlas cuando vaya a buscar firmas.
Por si fuera poco, en esa etapa, los aspirantes a candidatos independientes tienen prohibido el acceso a los medios electrónicos (radio-televisión) y en materia de financiamiento nada más pueden hacer uso del privado o propio, con un tope que establecería la autoridad electoral.
Sin duda, está complicado cumplir con todos los requisitos para lograr dicho registro. Es prácticamente una operación de “Misión imposible” o “candidatura imposible”.
Que conste que no entramos a detallar los requisitos que se deben cumplir una vez que se alcanza la candidatura independiente, porque entonces empezaría a recibir el trato, en derechos y obligaciones, como si fuera un nuevo partido, así lo dice la ley.
Candidatura "imposible"
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