La necesidad de renovar el Poder Judicial es indiscutible, es clamor de la sociedad, al margen de lo que decida la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la ampliación de dos años del periodo de su presidente Arturo Zaldívar, aprobada por diputados y senadores.
Es lo que no se debe perder de vista, la sociedad quiere auténtica impartición de justicia, no más inocentes encerrados, no más vicios, irregularidades y conductas incorrectas.
Arreglar lo que se tiene que arreglar. Aplicación de la ley sin distingos, sin responder a consignas.
La imparcialidad, fundamental para la actuación de cualquier juzgador y decisivo para la vida de quien es juzgado.
En aras de mejorar la impartición de justicia, hay casos que merecen análisis de instituciones defensoras de los derechos humanos, del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (IIJ), la Escuela Libre de Derecho, Colegios, Barras y Asociaciones de abogados, la Universidad Panamericana, investigadores independientes, juristas, diputados y senadores.
Uno de ellos es el de la magistrada Antonia Herlinda Velasco Villavicencio, quien en su historial aparecen los nombres del expresidente Luis Echeverría y la maestra Elba Esther Gordillo.
Primer acto: como titular del 5º. Tribunal Unitario de Materia Penal del Primer Circuito, la magistrada echó abajo o dejó sin efectos jurídicos, condena de nueve años nueve meses, al considerar diversidad de inconsistencias y dudas sobre el veredicto.
Segundo acto: Juez de primera instancia, resuelve exonerar o declarar inocente al imputado.
Tercer acto: La magistrada Herlinda Velasco, ratifica y deja firme la sentencia absolutoria del juez.
Hasta aquí, no debe quedar duda de que la magistrada, con toda su experiencia jurídica, estudió el expediente y resolvió en consecuencia.
Cuarto acto: a solicitud del 7º. Tribunal Colegiado en Materia Penal, la magistrada Velasco vuelve a intervenir en el caso y emite nueva sentencia, en la que da un giro de 365 grados. Contrario a lo que ella había determinado en dos ocasiones, condena al imputado a nueve años. Quizás la magistrada tendría que haberse excusado de ver por tercera ocasión el mismo asunto, máxime que ella había emitido fallos favorables al imputado.
Quinto acto: la magistrada es incorporada como integrante al mismo 7º. Tribunal Colegiado, y ante un nuevo amparo, entonces sí decide presentar solicitud de excusa, que le es aprobada.
Sexto acto: en su lugar es nombrada la secretaria de Acuerdos Gloria Angélica Juárez García, quien trabaja en dicho 7º. Tribunal Colegiado y tiene entre sus jefes a la magistrada Velasco, lo que podría poner en duda la garantía de imparcialidad que establece la ley.
En este episodio habría elementos, como dice el Doctor en Derecho, Jaime Cárdenas Gracia, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, para que el Consejo de la Judicatura Federal revise el procedimiento.
Nadie está exento de equivocarse y no por mala fe, sino porque somos humanos.
El acceso a la justicia, como lo establece el artículo 17 constitucional, es el principal derecho humano. Y como ha dicho el presidente Andrés Manuel López Obrador, urge la reforma al Poder Judicial para combatir la corrupción.
La tarea del Poder Judicial
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