Quizás por las prisas de aprobar la reforma política constitucional en el pasado periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, los legisladores se metieron en un aprieto.
En términos puristas es indiscutible que la participación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en la integración del Comité Técnico de Evaluación que revisará los perfiles de quienes aspiran a consejeros del nuevo Instituto Nacional Electoral (INE) contradice la Constitución.
Va en contra porque el artículo 102 señala que los organismos de derechos humanos “no serán competentes tratándose de asuntos electorales y jurisdiccionales”; y en este caso, aunque su participación solo sea “administrativa” o nada más nombre a dos de los siete integrantes del comité, toca un aspecto electoral.
Pudiera llegar a ser motivo de controversia constitucional, aunque en lo inmediato no hay vientos en ese sentido; la tendrían que plantear los propios legisladores y son los que pudieron haber incurrido en un error, por lo tanto no se van a exhibir ni atacarse ellos mismos.
El problema si no se hace el ajuste en la ley suprema puede darse en próximas legislaturas cuando se pierda el consenso y haya quienes tomen ese camino para impugnar la elección de consejeros que no sean de su agrado.
También un órgano autónomo consciente de su esencia, podría abstenerse y no involucrarse en temas electorales, atendiendo estrictamente los términos del 102 constitucional.
Por ahora, todo en paz y la mayoría en la Cámara de Diputados está de acuerdo en seguir adelante así como está la redacción de la ley suprema.
Resulta que en la reciente reforma los legisladores decidieron darle ese papel al organismo de los derechos humanos, en el artículo 41 de la misma ley, quizás sin considerar todo el alcance del 102.
En busca de una salida a lo que parece una contradicción y descuido legislativo, el diputado Víctor Gutiérrez, vicecoordinador del grupo priísta, precisó que no hay error porque solo nombrará a dos personas que no trabajan en dicha institución.
O sea, la comisión de los derechos humanos participará “tantito” en un tema electoral, eligiendo a dos personas para ser parte del comité.
El Comité Técnico de Evaluación es de la mayor importancia, porque representa el primer filtro de los aspirantes a formar parte del INE; hará la selección de los que cumplen los requisitos y son idóneos para el cargo; lista que entregará a los diputados.
Ahí está el detalle, como diría el extinto Mario Moreno, es un hecho que hay una intervención del órgano autónomo en asunto electoral.
Los puristas del Derecho tienen su razón en este caso, aunque también hay abogados que recuerdan que existe lo que llaman criterio doctrinal y es lo que dicta la ciencia que se debe de hacer para casos similares, cuando se percibe contradicción entre dos disposiciones jurídicas.
Es la regla de la posterioridad cronológica, que le da más peso a la ley posterior sobre la precedente. En decir, aunque el 102 diga que no puede meterse en asuntos electorales, la modificación del 41 autoriza al organismo de derechos humanos participar en el nombramiento de los integrantes del comité técnico.
Lo que urge es elegir a los 10 consejeros y al consejero presidente y darle vida al INE; esperamos que no haya desatinos para llegar a ese objetivo. Es cierto que nadie es perfecto, pero en asuntos electorales los errores pueden ser determinantes para nuestro sistema democrático.
Los apuros por el INE
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